La inflación trienal argentina proyectada ha superado el límite mítico del 100%

El Center for Audit Quality (CAQ) emitió, con fecha 16 de mayo de 2018, un informe de su

El Center for Audit Quality (CAQ) emitió, con fecha 16 de mayo de 2018, un informe de su International Practices Task Force (IPTF), con sus conclusiones sobre Monitoring Inflation in Certain Countries. En el mismo, incluye a la Argentina dentro de la lista de países con inflación acumulada trienal proyectada superior al 100%

Esta publicación es muy relevante porque el referido índice del 100% de inflación acumulada en un período trienal, virtualmente dispara la obligatoriedad de practicar el ajuste por inflación de los balances emitidos en el país. Tanto las normas contables locales como las internacionales contienen similares disposiciones en la materia.

El CAQ es una organización integrada por miembros de las grandes firmas de auditoría en los EE. UU., del American Institute of CPAs, y de importantes comunidades de inversores y emisores de EEFF. Desde su fundación en el año 2007 ha tenido por misión aumentar la confianza de los inversores y la confianza del público en los mercados mundiales de capital.

Uno de sus comités, SEC Regulations Committee, trata periódicamente con personal de la SEC asuntos de contabilidad y de presentación de informes relacionados con las reglas y regulaciones de la SEC.

Un grupo de trabajo de este Comité, el International Practice Task Force (IPTF) tiene, a su vez, como objetivo proteger a los inversores mediante el mejoramiento de la calidad de la información reportada por las compañías, identificando, discutiendo y facilitando la resolución de asuntos relativos a la promulgación, interpretación y aplicación de las normas y regulaciones de la SEC.

Uno de sus temas de seguimiento es la determinación de la existencia en diferentes países, de condiciones que hagan calificar sus economías como hiperinflacionarias a los efectos contables.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) a través de la NIC 29 establece:

“Esta Norma no establece una tasa absoluta para considerar que, al sobrepasarla, surge el estado de hiperinflación. Es, por el contrario, una cuestión de criterio juzgar cuándo se hace necesario reexpresar los estados financieros de acuerdo con la presente Norma. El estado de hiperinflación viene indicado por las características del entorno económico del país, entre las cuales se incluyen, de forma no exhaustiva, las siguientes:

  • la población en general prefiere conservar su riqueza en forma de activos no monetarios, o bien en una moneda extranjera relativamente estable. Las cantidades de moneda local obtenidas son invertidas inmediatamente para mantener la capacidad adquisitiva de la misma;
  • la población en general no toma en consideración las cantidades monetarias en términos de moneda local, sino que las ve en términos de otra moneda extranjera relativamente estable. los precios pueden establecerse en esta otra moneda;
  • las ventas y compras a crédito tienen lugar a precios que compensan la pérdida de poder adquisitivo esperada durante el aplazamiento, incluso cuando el periodo es corto;
  • las tasas de interés, salarios y precios se ligan a la evolución de un índice de precios; y
  • la tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%.”

Por su parte, la RT 17 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, establece:

“En un contexto de estabilidad monetaria, se utilizará como moneda homogénea a la moneda nominal.

En un contexto de inflación, los estados contables deben expresarse en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden. A este efecto deben aplicarse las normas contenidas en la Resolución Técnica N° 6 (Estados contables en moneda homogénea).

Un contexto de inflación que amerita ajustar los estados contables para que los mismos queden expresados en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden, viene indicado por las características del entorno económico del país, entre las cuales se evaluarán, entre otras, las siguientes:

a) la tasa acumulada de inflación en tres años, considerando el índice de precios internos al por mayor, del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, alcanza o sobrepasa el 100 %;

b) corrección generalizada de los precios y/o de los salarios;

c) los fondos en moneda argentina se invierten inmediatamente para mantener su poder adquisitivo;

d) la brecha existente entre la tasa de interés por las colocaciones realizadas en moneda argentina y en una moneda extranjera, es muy relevante; y

e) la población en general prefiere mantener su riqueza en activos no monetarios o en una moneda extranjera relativamente estable.

La expresión de los estados contables en moneda homogénea cumple la exigencia legal de confeccionarlos en moneda constante.”

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